martes, 5 de octubre de 2010

Carta de Solicitud de Cuartel Policial para Las Cuchillas

5 de octubre de 2010.

Mayor General, P.N.
Lic. JOSE ARMANDO POLANCO GOMEZ
Jefe de la Policía Nacional.
Su despacho.

Distinguido Señor:

Después de expresarle un afectuoso saludo y desearle los mejores éxitos al frente de la Policía Nacional, por la presente me dirijo a usted para solicitarle que disponga de sus sabias instrucciones, siempre enmarcado en el ámbito de las posibilidades existentes, para que se construya un cuartel policial en la Sección de Las Cuchillas, Paraje Piedra Blanca de la ciudad de El Seibo.

De la misma manera, le hago saber que los vecinos de aquella comunidad ponen a disposición de vuestra jefatura (donación) una porción de terreno para la construcción de la requerida dotación policial.

El Paraje Piedra Blanca de la Sección de Las Cuchillas de la Provincia de El Seibo, aporta al Producto Interno Bruto de la Región Este, la mayor cantidad de leche de vaca, pero también una alta producción en la mejora de dicho animal, así como una gran cantidad de cacao (rubro por el cual han sido premiado), y también una buena cuantía de cítricos (limón, naranja de china, toronja, entre otros). Esta población esta ubicada a uno 12 o 14 kilómetros al Este del Municipio cabecera, y conformada por alrededor de Dos Mil Quinientos (2,500) o Tres Mil (3,000) habitantes, los cuales en sus mayorías son agricultores.

Resulta que desde hace un buen tiempo la comunidad está viviendo en una constante zozobra, pues el atraco, el robo de animales, la venta de drogas, y los constantes pleitos que provocan muchos desaprensivos (vivieron un buen tiempo en zonas hoteleras como Babaro y donde aprendieron muchos vicios ) que no respetan al Alcaide del lugar ha obligado que instituciones sociales como la Iglesia de Dios y la Asociación de Agricultores Lorenzo Mercedes acudan ante las autoridades correspondientes del Municipio solicitándoles sus intervenciones, pero todo sigue de mal en peor. Creen firmemente y así lo entendemos nosotros, que con la construcción de un puesto de policía el problema de la criminalidad estaría controlada.

Esta solicitud la formulamos en nuestra condición de Presidente del Colegio de Abogados de la Seccional de la Provincia de El Seibo, a requerimiento de varios vecinos de la comunidad anteriormente referida, los cuales han plasmado sus firmas en el documento anexo a la presente.

Esperando de usted su sabia aprobación.

Muy atte.

Lic. GUILLERMO ML. NOLASCO BAEZ
Presidente Card El Seibo
Móvil No. 809-494-0803

lunes, 27 de septiembre de 2010

Propuesta del Lic. JOSE GUZMAN para ser Defensor del Pueblo

Santa Cruz de El Seibo, R.D.
24 de septiembre de 2010




Dr. TEODORO URSINO REYES
Presidente de la Comisión Especial para la
Escogencia del Defensor del Pueblo
Cámara de Diputados.

Asunto:
Propuesta de candidato a Defensor del Pueblo

Honorable Diputado de la Republica:


Con el respeto del que usted es merecedor, le saluda el Presidente de la Seccional del Colegio de Abogados de la Provincia de El Seibo, quien tiene a bien proponer ante la Comisión Especial de la Cámara de Diputados para la Escogencia del Defensor del Pueblo que usted preside, al Lic. JOSE ANIBAL GUZMAN JOSE. El Lic. GUZMAN JOSE es un profesional del derecho y la economía y a la vez un ciudadano ejemplar merecedor de ocupar posiciones elevadas en el Estado Dominicano.

Nuestra sociedad hoy mas que nunca demanda que sus mejores talentos asuman su responsabilidad histórica y más si son hombres y mujeres comprometidos con la decencia y el fortalecimiento de nuestra democracia. El destacado profesional del Derecho y la Economía JOSE ANIBAL GUZMAN JOSE tiene el perfil requerido para ser el Defensor del Pueblo. En la actualidad ocupa la Vicepresidencia a nivel nacional de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y actualmente Preside la filial de nuestra ciudad.

A la espera de que esta propuesta sea tomada en cuenta con el propósito de que el distinguido profesional del derecho y la economía sea el Defensor del Pueblo, y con ello acogernos al llamado de la Cámara de Diputados de la Republica para la presentación de propuestas por parte de organizaciones de la sociedad civil dominicana,

Queda de usted,




Lic. GUILLERMO ML. NOLASCO BAEZ
Presidente Seccional del Colegio de Abogados
de la ciudad de El Seibo.

lunes, 6 de septiembre de 2010

Manuel Antonio Nolasco Benzo aspira a ser miembro de la Cámara de Cuentas de la República

n un documento en el que explica por qué aspira, el licenciado Manuel Antonio Nolasco Benzo anota que sus aspiraciones se basan en querer representar en la Cámara de Cuentas de la República Dominicana los mejores intereses de la sociedad dominicana, fundamentados en la dignidad, honestidad y el decoro.

SANTO DOMINGO.- El abogado Manuel Antonio Nolasco Benzo ha anunciado que aspira a miembro de la Cámara de Cuentas de la República. Su declaración coincide con iniciativas en el Congreso Nacional para escoger a los hombres y mujeres que dirigirán la Cámara de Cuentas durante el período 2010-2016.

El aspirante es Abogado en ejercicio, licenciado en administración de empresas y experto en comercio exterior mención aduanas. Dijo que la Sociedad anhela vivir en un país con más equidad y más transparencia.

En un documento en el que explica por qué aspira, el licenciado Manuel Antonio Nolasco Benzo anota que sus aspiraciones se basan en querer representar en la Cámara de Cuentas de la República Dominicana los mejores intereses de la sociedad dominicana, fundamentados en la dignidad, honestidad y el decoro. A continuación el texto del documento que dirige a la sociedad dominicana:

He decidido participar como aspirante en la selección de los nuevos miembros de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, y cuya función está a cargo de los honorables Diputados y Senadores de la República Dominicana, por las razones que expondremos a continuación:

1.- Porque no es verdad, que nuestra sociedad a perdido todos los encantos de sus principios de formación cívica, moral y patriótica;

2.- Porque no es verdad, que las funciones estatales sólo deben ser dirigidas por los que aúpan la corrupción y el descalabro financiero del Estado;

3.- Porque no es verdad, que debemos estar con los brazos cruzados esperando que otros hagan lo que les plazca sin tomar en cuenta los procedimientos, reglamentos y leyes en el manejo pulcro de la cosa pública;

4.- Porque no es verdad, que a nadie le duele el patrimonio público;

5.- Porque no es verdad, que el Estado no agradece ni guarda rencor;

6.- Porque no es verdad, que en nuestro país no existan hombres capacitados y probos a todas luces;

7.- Porque no es verdad, que se puede salir en la República Dominicana a plena luz del día a buscar cinco hombres o mujeres serios y honestos y no se encuentran;

8.- Porque no es verdad, que toda nuestra sociedad esté guareciendo en el consumo, tráfico y lavado de dinero;

9.- Porque no es verdad, que toda nuestra sociedad se haya apartado de los principios cristianos;

10.- Porque no es verdad, que la primera célula social de nuestro país esté totalmente destruida; y

11.- Porque no es verdad, que los jóvenes racionales y sensatos permitirán que la democracia perezca en nuestro país;

Por estas razones y otras más, es que entiendo que teníamos que dar un paso con valentía a estas aspiraciones, con la finalidad de demostrar que verdaderamente podemos y debemos hacer nuestro papel ante el Estado y la sociedad. Sociedad que anhela vivir en un país llamado República Dominicana con más equidad y más transparencia.

Estimados amigos y hermanos dominicanos, si quieres apoyarme en este reto que nos ha puesto el todo poderoso, no lo dudes, remite una pequeña comunicación a la Cámara de Diputados de la República Dominicana vía Secretaría General, expresando tu apoyo incondicional y restricto a nuestras aspiraciones, basado en las referencias de mis conciudadanos sobre mi vida privada y pública, la cual solo conocen y afirman que estoy trabajando en base al ejemplo de una vida de transparencia, rectitud y temeroso de Dios.

Nuestras aspiraciones se basan en querer representar en la Cámara de Cuentas de la República Dominicana los mejores intereses de la sociedad dominicana, fundamentados en la dignidad, honestidad y el decoro.

jueves, 22 de julio de 2010

REELECCIÓN O POSTULACION

He estado ponderando profundamente todas y cada una de las opiniones de los doctrinarios constitucionales de nuestro país, cuando se refieren al caso de si el presidente actual, el doctor Leonel Fernández Reina, puede o no lanzarse al ruedo electoral en busca de la presidencia de la República en las venideras elecciones presidenciales del año 2012.

Verdaderamente el tema es de gran revuelo nacional toda vez que los doctrinarios que se muestran contrario, por ser de un partido opositor o porque tienen un sentimiento hostil, lo relacionan el término de reelección. Son criterios subjetivos, políticos y parcializados, no así jurídicos; en el caso en cuestión debemos despojarnos de todo sentimentalismo, ya que lo que se trata es de un asunto eminentemente de ley que cae en la fase jurídica.

La postulación del doctor Leonel Fernández en las futuras elecciones del año 2012, no encaja en el término reelección, ya que no es con la constitución actual que fue elegido, sino con la del 2004. Ahora bien, si el presidente decide aspirar no hay artículo ni disposición transitoria alguna que lo limite.

El actual presidente hoy se encuentra, en lo que se refiere a su mandato, dentro de dos parámetros, es decir, dentro de la Constitución del año 2004 y la del 2010, que al predominar el principio de la aplicación inmediata de la Constitución, la del 2004 desaparece totalmente borrando así sus antecedentes electorales y quedando limpio frente a la del año 2010, aplicándose ésta última.

La nueva Carta Sustantiva no deja el menor resquicio para pensar que el doctor Leonel Fernández Reina no pueda postularse en las próximas elecciones presidenciales, sólo pudiéramos pensarlo si tuviéramos un interés hostil que raye con lo personal, o en su defecto si por voluntad personal de él no quiere asumir dicho compromiso.

El artículo 124 de la Carta Magna fue diseñado por el legislador con una visión hacia el futuro sin tomar en consideración vedar de esta posibilidad al presidente que estuviera ejerciendo el poder en el tránsito de una constitución a otra, hecho que catalogo como no fortuito, sino adrede.

No hay que hacer un gran ejercicio intelectual para percatarse de la debilidad que presenta el artículo 124 de la Carta Magna. Para aquellos que pretenden negarle la oportunidad o el derecho de aspirar a un ciudadano que tiene todas las condiciones civiles y políticas para aspirar, estarían incurriendo virtualmente en una violación a nuestra propia Constitución, pero más aun se estaría violentando la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Interamericano de los Derechos Civiles y Políticos.

El artículo 124 de la Constitución de la República consigna lo siguiente: “Elección presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”.

En el mencionado articulado constitucional se plantean dos elementos interesantes por los cuales trazamos un criterio favorable a la postulación, lo que le dan al actual presidente, si así lo quiere, la oportunidad de aspirar a postularse en la contienda electoral venidera, cuyo criterio lo fundamentamos en las frases constitucionales siguientes: 1.- “quien será elegido cada cuatro años por voto directo”; 2.- “no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”.

Del análisis de los elementos extraídos del propio artículo 124 de la actual Constitución de la República, podemos colegir claramente que el período para el cual pensó el legislador fue para los cuatro años que seguirán a partir del año 2012, nunca razonó su criterio para el período que se inició en el 2008, sino para el porvenir, a partir de la fecha indicada, y es partir de ésta y no otra, que el presidente triunfador no podrá ser electo para el período constitucional siguiente, es decir, el que se verificaría en el año 2016.

A nadie le puede caber la menor duda de que la Constitución es totalmente clara, en el sentido de que el presidente que surja de las urnas en el año 2012 no podrá optar por la reelección en el período siguiente, en razón de que se encuentra así consignado en la misma.

Para que le sea oponible al actual presidente la figura jurídica de la no postulación en el período electivo constitucional del año 2012, el legislador debió expresarlo, sin dejar ningún susurro a la interpretación. En tal virtud, el actual presidente está colocado en un lugar privilegiado que no le afecta si decide buscar la primera magistratura de la nación para el período venidero.


Autor: Lic. Manuel Ant. Nolasco Benzo

Profesión: Abogado

miércoles, 23 de junio de 2010

Carta del Lic. Antonio Nolasco Benzo

Estimado primo:
En el día de ayer me concentré a leer algunos de los artículos publicados en su blogs, los cuales encontré bien interesantes principalmente la carta al presidente del Colegio de Abogados donde le exige en favor de los abogados un local adecuado para la seccional del Colegio de Abogados en nuestra provincia, otro de los escritos de interés también lo es el concerniente al que refiere el estado de derecho, el cual está siendo vulnerado por instituciones del Estado que son los llamados a preservar el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y las decisiones de los organos jurisdiccionales. Si las cosas siguen por el derrotero en que van caeremos nueva vez en el ojo por ojo y diente por diente, es decir, en hacer justicia por nuestras propias manos, y ésta no es la verdadera solución, la solución está en lo único que iguala a las personas, "LA LEY", esta es la mejor regla, debemos aupar el cumplimiento de la misma.

De seguro que usted leyó lo acontecido al hijo del honorable y simbolo de pulcritud, Nego Veras, pues él me ha estado enviando por correo y me imagino que a muchos seguidores más todo lo sufrido por su familia y el país de ésta trágica situación por la que estamos atravesando, no podemos caer en estas bajezas, el pueblo dominicano debe recapacitar por el bien de nuestros hijos e hijas, todos debemos unirnos en hablar del respeto al Estado de Derecho para que estas barbaridades desaparezcan de nuestra sociedad.

Siga escribiendo, es un gran medio de comunicación y para darles más cobertura, cuando lo haga envie un el link de su blogs.

Sin ningún otro particular, le saluda su primo quien le guarda muchos afectos,
att.

Manuel Ant. Nolasco Benzo
Firma: Manuel A. Nolasco G., Abogados
Ave. Independencia, Manzana VI, Edif. 1-B,
Suite No. 2-5, Residencial José Contreras,
Distrito Nacional, República Dominicana
Tel. 809-537-1428, Fax 809-537-1428
Celulares 809-772-9124 y 809-842-4871
mnolascobenzo@gmail.com

miércoles, 16 de junio de 2010

Respetando la Ley garantizamos un Estado de Derecho

Lic. G. MANUEL NOLASCO B.
Abogado-Investigador
JonasJeison@hotmail.com


Recientemente embargue retentivamente la cuenta del Ayuntamiento de la ciudad de El Seibo, por una deuda que hace alrededor de cinco (5) años dicho ayuntamiento había contraído con un cliente nuestro. Esa deuda era por un trabajo de construcción de unos muros que divide la Ave. Manuela Diez Jiménez. Notifique al Sindico Municipal Sr. Reinaldo Valeras concediéndole un plazo franco para que procediera de forma amigable a cumplir con el contrato de trabajo asumido. Como el Señor Valera no obtemperó, inicie el procedimiento de embargar las cuentas por ante el Banco de Reservas de la Republica Dominicana, Sucursal Seibo.

Embargadas las cuentas, procedí en validar el embargo por ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de El Seibo , a los fines de poder retirar del referido banco el dinero adeudado por el Ayuntamiento Municipal. El Tribunal me validó mediante sentencia el embargo, y le ordenaba a dicha entidad crediticia, que procediera de inmediato a la entrega de los valores señalados. Los abogados sabemos, que el procedimiento de entrega de valores nunca es ejecutado de inmediato, que los mismos se lleva a cabo después de la notificación de la sentencia y cuando la misma se torne firme.

La sentencia dictada por la Cámara Civil, no solo se convirtió en firme, sino que fue desacatada por el Banco de Reservas, quien no obtempero a los llamados que mediante los diferentes actos de alguacil le fueron formulados. Es decir, que no brindaron nunca una explicación del por que no cumplía con el mandato del tribunal. Yo no se que está pasando en nuestro país, nadie, absolutamente nadie, quiere cumplir con el rigor de las normas previamente establecida, (pero además se están manejando las instituciones conforme a un criterio personal, y no como establecen las leyes que permitieron su creación) sin las cuales no podemos vivir como sociedad en vía de desarrollo. El País, se está tornando difícil. Una sentencia es una pieza escrita que contiene el tenor de una decisión y es dictada en nombre de la Republica y por mandato de la constitución y de la ley, es decir, que debe ser respetada por todos, sin excepciones.

Termino esta pequeña publicación, diciendo que un Estado de Derecho es aquel donde sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente. Y que el mismo se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma. Por demás entonces el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico. Sin embargo, no basta con que exista una autoridad pública sometida al derecho. Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de derecho, el ordenamiento jurídico del respectivo estado, debe reunir una serie de características que dan origen a un estado de derecho real o material. En teoría, la proclamación del Estado de Derecho surge como oposición explícita al estado absoluto: en esta última forma de estado, de hecho, los titulares del poder eran "absolutos", o sea que se liberaban de cualquier poder superior a ellos. Actualmente, de hecho, en gran parte de los estados del mundo los derechos civiles y políticos están garantizados a todos los individuos sin distinción, gracias a la evolución histórica y política que, a partir del estado absoluto, ha aportado al surgimiento del llamado estado de ley.

No procede

Escrito por: Julio Cury (informacion@elnacional.com)

El artículo 44 de la Constitución prevé el derecho al honor y al buen nombre, y “toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcirlo...”. Por su parte, el artículo 49 reconoce la libertad que “toda persona tiene derecho a... investigar, recibir y difundir información de carácter público, por cualquier medio, canal o vía...”, prerrogativa ésta que según el mismo texto debe ejercerse “respetando el derecho al honor, intimidad, dignidad y moral” de los demás.

De modo, pues, que ante el uso de términos o expresiones ultrajantes, o la alegación de un hecho que atente contra su reputación, la víctima puede querellarse y constituirse en actor civil contra el autor del delito. Ahora bien, la intimación que mediante acto de alguacil le notificó el director del IAD a empresas patrocinadoras de “El Informe con Alicia Ortega”, carece de lógica jurídica, pues aún en el hipotético caso de que en dicho programa televisivo se haya difamado o injuriado al funcionario, los anunciantes no comprometen su responsabilidad civil.

Y es que siendo la subordinación indispensable para que se configure el vínculo de comitente-preposé previsto en el artículo 1384 del Código Civil, no puede retenerse ninguna falta contra un patrocinador comercial. Si el director del IAD considera que las noticias difundidas a través de “El Informe” acerca de su desempeño administrativo no son veraces u objetivas, puede querellarse contra sus productores, pero insisto, no contra los anunciantes.

Ojalá que el exceso de celo del funcionario no lo empuje a cometer ese error, pues todo ejercicio abusivo o temerario de una vía de Derecho permite abrir una acción reconvencional en danos y perjuicios contra quien la acciona. Alicia Ortega, periodista de indisputable honradez personal, ha realizado trabajos de investigación reveladores de peculado y malversación de fondos públicos, y hasta donde tengo entendido, ha respetado siempre la inocencia que presume a favor de todo imputado la Constitución y los tratados sobre Derechos Humanos de que el país es signatario.